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NORMATIVAS

REGLAMENTO DE POSGRADO

Mediante Ordenanza CS Nº 35/2016 el Consejo Superior, aprobó la Normativa General de Posgrado de la Universidad Nacional de San Luis, elaborado por el Consejo de Posgrado de la Universidad.

La Ordenanza CS Nº 35/2016 es la norma en la que se enmarcan todas las actividades de posgrado de la Universidad. Contempla los tres tipos de carreras de posgrado: Especializaciones, Maestrías y Doctorados; los Cursos de Posgrado, los Programas de Actualización de Posgrado como conjuntos interrelacionados de actividades curriculares de posgrado vinculados a la práctica profesional y/o fundamentación teórica en torno a un eje temático disciplinar y el Sistema de Pasantías para las Carreras de Posgrado personalizadas a fin de profundizar el conocimiento en aspectos relacionados a un área disciplinar o interdisciplinar.

Además, la Ordenanza CS Nº 29/2022 establece el formato, los requisitos y la modalidad de presentación de los Cursos de Posgrado, los Programas de Actualización de Posgrado y las Pasantías de Posgrado de acuerdo a lo dispuesto en los Títulos IV, V y VI de la Ordenanza CS Nº 35/2016.

La Ordenanza CS Nº 44/2023 incorpora el Título VII a la Ordenanza CS Nº 35/2016, que reglamenta las Diplomaturas Universitarias de Posgrado de la UNSL. En sus Anexos se establecen el formato, los requisitos y la modalidad de presentación y el modelo de certificación a otorgar para las diplomaturas.

PROGRAMA DE POSDOCTORADO

Por Ord. CS Nº 22/2017 se ha creado el Programa de Posdoctorado, que brinda el marco para que un posdoctorando realice actividades que procuren un avance en el área elegida, tendiendo a alcanzar el más alto nivel de conocimiento científico o tecnológico. Este Programa es un mecanismo de enlace y colaboración entre las unidades académicas y de investigación de la UNSL, tales como Facultades, Departamentos, laboratorios, carreras de posgrados, institutos o lineas de investigación que visualicen y ofrezcan conjuntamente oportunidades de formación posdoctoral.

Mediante OCS N° 1 / 2023 se aprobó el nuevo Reglamento del Programa, que acelera los procedimientos institucionales para la autorización de su realización e incorpora nuevas herramientas para darle mayor potencialidad y visibilidad.

CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA ADMISIÓN DE ALUMNOS QUE NO POSEEN TÍTULO DE GRADO UNIVERSITARIO

El 8 de septiembre de 2004 el Consejo Superior de la UNSL aprobó la Ordenanza 23/04 que reglamenta, para la UNSL, criterios y procedimientos especiales para la admisión en la formación de posgrado de alumnos que no poseen título de grado universitario. Estos casos están contemplados en el art. 39 Bis de la Ley Nº 25754, sancionada por el Congreso de la Nación el 16 de julio de 2003 y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional el 7 de agosto de 2003, que introduce modificaciones en el art. 39 de la Ley de Educación Superior Nº 24521. El Anteproyecto de Ordenanza presentado fue elaborado por el Consejo de Posgrado de la UNSL tomando como antecedente los debates y los acuerdos logrados con las Universidades Nacionales que integran la Región Centro-Oeste.